Con disidencias, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes resolvió suspender el cronograma de implementación del Código Procesal Penal en la Primera Circunscripción Judicial, para las ciudades de Bella Vista, Saladas, Santa Rosa y Corrientes Capital, principalmente debido a la necesidad de finalizar las obras previstas para la puesta en funcionamiento de las oficinas judiciales.
La medida fue tomada en reunión de ministros de la Corte Provincial este martes, por medio de la Acordada Nº 32, en la que, con diferencias de posturas, se postergó la implementación prevista del Código Procesal Penal en la principal jurisdicción judicial.
Según se explicita en la Acordad, el Ministro Eduardo Gilberto Panseri, solicitó la modificación del cronograma y consecuentemente la suspensión de la implementación del nuevo Código en la Primera Circunscripción por tiempo indeterminado hasta el límite del plazo dispuesto en la Disposición transitoria primera de la Ley N° 6.518.
Como fundamento, para los casos de Bella Vista, Saladas y Santa Rosa, expuso la razón de encontrarse en ejecución las obras para la puesta en marcha de las oficinas judiciales de esas localidades en función de los plazos de obras y el tiempo necesario para lograr el funcionamiento de todas las áreas, con los mobiliarios y equipamientos técnicos-informáticos indispensables.
En el caso de Santa Rosa se aclaró que se encuentra planificada y en ejecución la refuncionalización de los espacios existentes en el edificio de los Tribunales locales, a los fines de la habilitación de la oficina judicial.
En cuanto a la ciudad de Corrientes (Capital), expresamente el ministro solicitó la suspensión del procedimiento de licitación pública N° 9/2021 para la obra “Construcción de Oficinas Judiciales en el predio ex ONABE”.Asimismo, además informó demoras en la cesión de predios para la Ciudad Judicial en la zona de Santa Catalina pro parte de la Municipalidad de Corrientes. Concluyó Panseri que, el fundamento principal, de su planteo, se sustenta principalmente en la necesidad de una definición del Superior Tribunal de Justicia, en razón del cronograma de implementación del nuevo Código Procesal Penal y principalmente el plazo de 3 años establecido en la Disposición transitoria primera de la ley 6518, publicada en el Boletín Oficial N° 27.952, para concluir con la puesta progresiva de la implementación del nuevo Código Procesal Penal en toda la Provincia.