La Corte Suprema de Justicia ratificó la nulidad e inconstitucionalidad del cuadro tarifario impuesto por la Dirección de Energía Eléctrica en 2009, como reclamaba usuarios y consumidores a través de un amapro que había sido desestimado por el Superior Tribunal de Justicia.
La Corte hizo lugar a un recurso de queja presentado por la Asociación de Usuarios y Consumidores de Corrientes por el cual se reclamaba que se declare nulo e inconstitucional el cuadro tarifario impuesto por la Resolución 1049/08 y el decreto 2668/08.
El reclamo, presentado por medio de un amparo en el foro judicial de Corrientes, incluía la refacturación de todas las boletas emitidas bajo esa orden administrativa y la devolución de los montos agregados a los usuarios en tres cuotas.
Sin embargo, luego de pasar por primera y segunda instancia, el pedido fue desestimado por el Superior Tribunal de Justicia en diciembre de 2009, tras lo cual, por insistencia de la Asociación de Usuarios y Consumidores de Corrientes, fue motivo de nuevas acciones judiciales en el ámbito federal y provincial.
Finalmente, la DPEC fue conminada a pagar lo sobrefacturado a los usuarios, medida a la que también decidió apelar alegando el riesgo de su propio desfinanciamiento, hecho al cual el STJ acompañó aceptando el argumento y proponiendo una extensión en la modalidad de reembolso, resultado que, nuevamente, fue motivo de queja.