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Denuncian penalmente a Milei por DNU sobre acuerdo con el FMI
Por Decreto de Necesidad y Urgencia(DNU)

El bloque de Unión por la Patria de Diputados presentó este lunes una denuncia penal contra el presidente Javier Milei por la inminente firma de un Decreto de Necesidad y Urgencia(DNU) que busca evitar el tratamiento en el Congreso y avanzar de forma rápida en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional, en abierta violación a una ley nacional y a cláusulas constitucionales.

La presentación contó con el patrocinio letrado del abogado constitucionalista Eduardo Barcesat y cuenta con las firmas de Juan Marino, Victoria Tolosa Paz, Hugo Yasky, Julio Pereyra, Brenda Vargas Matyi y Sabrina Selva.

En el escrito se plantea que “la intención del Poder Ejecutivo Nacional de aprobar, vía Decreto de Necesidad y Urgencia, un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional, es violatorio, en primer término, de cláusulas constitucionales, y de la Ley 27.612" de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública (conocida como Ley Guzmán) del 2022.

"Los hechos preparatorios que hemos denunciado podrían ser tipificados en las figuras de abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, y las figuras del Título VIII del Código Penal de la Nación Argentina", señalaron.

A su vez, solicitan que "el Tribunal disponga la suspensión de todo acto que pudiere constituir la consumación del obrar delictivo".

El día 6 de marzo de 2025, la Oficina del Presidente de la República Argentina publicó un comunicado informando que “se dictará y remitirá al Congreso Nacional un Decreto de Necesidad y Urgencia para obtener su apoyo en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional".

Luego de esto, en su conferencia de prensa bisemanal, la portavoz del FMI Julie Kozack sugirió que el paso del acuerdo por el Congreso “no sería una condición necesaria” del organismo internacional de crédito "para llevar adelante los desembolsos”.

En los fundamentos de la denuncia, los diputados nacionales consideraron que “es insólito que el Fondo Monetario Internacional pretende convertirse en intérprete del texto de la Constitución Nacional Argentina, incurriendo, por lo visto, en groseros errores y omisiones”.

También recordaron que "los DNU constituyen una excepción a la norma general que está expresada en el artículo 99, inciso 3°, segundo párrafo, que expresa ‘en ningún caso, el Poder Ejecutivo, bajo pena de nulidad absoluta e insanable’, podrá emitir disposiciones legislativas”.

“Cabe advertir que estamos en el funcionamiento pleno de la actividad del Congreso de la Nación Argentina, por lo que nada obsta al envío de un Proyecto de Ley, que dé tratamiento a la propuesta de un nuevo acto de endeudamiento sobre el patrimonio de la Nación, y que afecta así mismo el arreglo de la deuda externa argentina; todo ello materia de regulación constitucional en cabeza del Poder Legislativo de la Nación”, indicaron.

Una vez que salga publicado el decreto y sea enviado al Congreso, deberá tratarse en un plazo de diez días hábiles en la comisión Bicameral de Trámite Parlamentario para dictaminar sobre su validez o invalidez.

Si transcurre ese plazo y no fuera tratado en la bicameral, cada una de las cámaras podrá convocar a una sesión en cualquier momento.

Para que el DNU caiga, se requiere el rechazo de ambas cámaras, con lo cual al Gobierno le alcanzaría con que solamente un cuerpo legislativo avale el decreto para que se mantenga en vigencia.

La maniobra de la Casa Rosada es riesgosa, de dudosa legitimidad porque juega al fleje de la institucionalidad republicana, pero desde el punto de vista pragmático es una jugada inteligente: en lugar de ponerse al hombro la tarea de juntar los votos en cada una de las dos cámaras para aprobar una ley, lo cual demandaría mucho más tiempo y negociaciones engorrosas, invierte la lógica y le carga a la oposición la tarea de reunir los votos para anularlo en los dos cuerpos.