El proyecto enviado al Congreso no menciona ni una vez el bono congelado desde marzo de 2024, proyecta 105.000 beneficiarios previsionales menos que en 2026 y admite que las contribuciones a la seguridad social caen como porcentaje del PIB. El dicapacidad modifican el Nomenclador
El proyecto de Ley de Presupuesto 2027 que el Gobierno envió al Congreso destina $120 mil millones a la Seguridad Social: el 58,9% del gasto público. Es la partida más grande del Estado y también la que explica el ajuste más cruel sobre un segmento social que ya sufrió demasiado en los últimos años.
La hoja de ruta trazada para el último año de mandato de Javier Milei no estipula descongelar el bono de $70 mil para los jubilados, refleja el efecto del fin de la moratoria y allana el camino argumental para la reforma previsional que pretende imponer el Fondo Monetario Internacional (FMI).
El bono que no aparece en más de 3 mil páginas
El texto sostiene que para agosto de 2026, el haber mínimo resultó 14,2% superior en términos reales al de diciembre de 2023, gracias a la movilidad que ajusta por IPC desde abril de 2024. Una fiesta previsional, básicamente.
La primera inconsistencia es el punto de comparación: diciembre de 2023 es el piso de la serie, el mes previo al salto inflacionario que licuó los haberes por la megadevaluación. El punto del empalme en el que se empezó a aplicar la nueva fórmula es lo que permitió perpetuar en el tiempo la pérdida de poder adquisitivo.
Pero hay algo es más grave. En las más de 3 mil páginas no hay una sola mención al bono previsional. El refuerzo permanece congelado en $70.000 desde marzo de 2024 y se renueva por decreto mes a mes. Cuando se creó, representaba alrededor de un tercio del ingreso de un jubilado de la mínima; hoy no llega a una séptima parte.
Como no integra el haber, queda fuera de toda estadística de recomposición: el haber sube, el ingreso efectivo mucho menos. Y el proyecto no prevé partida alguna para actualizarlo.
Menos jubilados, no jubilaciones más bajas
El ajuste previsional no solo pasa por el monto, sino por la cobertura y las metas del proyecto lo muestran sin ambigüedad. Según el proyecto, se estima que serán 105.000 beneficiarios menos para el año que viene.
Es el efecto del cierre de la moratoria: el sistema pierde titulares y no los repone porque quien no completó 30 años de aportes ya no tiene cómo jubilarse. El contrapeso es la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que crece 14,9%, paga el 80% del haber mínimo y no genera pensión derivada. Así, se sostiene el haber promedio empujando gente hacia una prestación más barata.
Las prestaciones por moratoria todavía explican cerca de un tercio del gasto previsional de ANSES: no es un margen menor el que se apaga.

Discapaidad: Un nomenclador sin piso común
Los artículos 39 y 41 desarman el Nomenclador de Prestaciones Básicas, la herramienta que hoy fija valores únicos para las prestaciones que reciben las personas con discapacidad en todo el país. El texto sustituye el artículo 7° bis de la Ley 24.901 y establece que ese nomenclador "no incluirá valores universales", los cuales "deberán ser determinados por cada ente obligado" en su relación con los prestadores. La letra del proyecto invoca la organización federal del Estado y "las asimetrías regionales de costos, estructuras prestacionales y capacidades financieras" para justificar el cambio, y aclara que la universalidad "no implicará la homogeneidad de aranceles ni de modalidades de financiamiento entre las jurisdicciones": lo que promete, en cambio, es la garantía de "un piso mínimo prestacional común".
En los hechos, cada obra social, cada prepaga y cada provincia quedará habilitada para fijar sus propios valores. Es un esquema con vocación de fragmentar la atención médica y terapéutica según la capacidad de pago de cada jurisdicción o financiador, con una presión previsible a la baja en las zonas con menos recursos.
El proyecto también toca el mecanismo de actualización. Cuando el ente obligado sea el Estado nacional, los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas se fijarán en forma trimestral, mediante la Secretaría Nacional de Discapacidad del Ministerio de Salud, a propuesta del Directorio del Sistema. Reemplaza así la actualización mensual por movilidad que rige en la actualidad. Y si esa determinación trimestral no se produce en el plazo estipulado, la letra del proyecto prevé un mecanismo supletorio: los valores se fijarán tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, un indicador general que no capta los costos específicos del sector prestacional. La reforma elimina, además, el estudio anual de costos que permitía ajustar los aranceles conforme a la estructura real de gastos de los prestadores, una herramienta que hasta ahora funcionaba como contrapeso frente a la sola referencia inflacionaria.
